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Gobierno de Chile

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Subsidio Nacional al Transporte Público remunerado de pasajeros

El Presidente de la República junto al Ministro de Transportes dieron a conocer hoy el Proyecto de Ley que modifica la Ley N°20.378, que hace referencia a los subsidios permanentes como transitorios al transporte público remunerado de pasajeros.

La implementación de la Ley 20.378 ha permitido que ciertas zonas del país se vean beneficiadas con importantes rebajas en tarifas adultas y escolares, que zonas aisladas reciban transporte público y escolar, y que se financien obras de infraestructura para el transporte público y general.

Sin embargo, una parte importante del país, representativa de aprox. el 78% de la flota de regiones, no ha podido acceder a las rebajas adultas y sólo de manera limitada a las rebajas escolares, debido a las restricciones y modalidades que consigna la actual ley, siendo imperativo el generar los mecanismos que permitan ampliar la cobertura del subsidio, junto con un importante incremento de los recursos, en paridad con los destinados a Santiago.

Adicionalmente, y de manera tal de abordar de manera íntegra las necesidades del transporte público en regiones, se hace necesario crear un Fondo para el financiamiento de, entre otros, grandes proyectos de modernización e infraestructura, principalmente en transporte, y para la recuperación y desarrollo del servicio de Ferrocarriles, de forma que éste pueda realizar nuevas inversiones orientadas a la mejora en las condiciones de prestación de los servicios.

La propuesta enviada al Congreso, propone una modificación a la Ley 20.378 que permita solucionar las problemáticas del transporte público a nivel nacional, incrementando los recursos del subsidio y creando el Fondo de Apoyo Regional (FAR), permitiendo abordar los requerimientos regionales de mejora en calidad de servicio y acceso a transporte público, incluyendo ferrocarriles, y generando un esquema de racionalidad en las tarifas.

Principales cambios Introducidos

  1. Incremento de los recursos del subsidio permanente (a 380 mil millones de pesos anuales) y subsidio transitorio (a 360 mil millones de pesos anuales hasta el 2022), para Santiago y Regiones, orientado a cubrir necesidades de transporte, conectividad y desarrollo en todo el país.
  2. Incorporación de mecanismos de flexibilización en la ejecución del subsidio, orientado a extender las rebajas tarifarias, entre otros beneficios, a todas las ciudades del país, entre otros: Se elimina modalidad de “cascada” para ejecución de subsidio Regiones y se elimina la restricción de licitación por perímetros de exclusión en subsidio regiones (regulado por Panel de Expertos), y exigencia tecnológica.
  3. Creación de Fondo de Apoyo Regional (FAR), orientado a financiar iniciativas de transporte e infraestructura regional.
  4. Incorporación de Programa de Apoyo a Ferrocarriles: Se mantiene dentro del Subsidio Regional permanente la referencia a FFCC Urbanos y de cercanía. Adicionalmente, se establece dentro del Fondo creado por el Subsidio Regional transitorio un programa de apoyo a FFCC, destinado a financiar mejoras realizadas en condiciones técnicas y calidad. Programa Administrado por MTT, regulado por DS de MTT y Hacienda.
  5. Participación activa del Panel de Expertos en las materias técnicas referidas al Transporte Público Nacional.
  6. Posibilidad de extensión y/o integración tarifaria y/o tecnológica de Transantiago con servicios de comunas colindantes.