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Creación de empresas en un día

El jueves 2 de mayo de 2013, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Economía, Fomento y Turismo (S), Tomas Flores, lanzaron la plataforma www.tuempresaenundia.cl, que permitirá iniciar una empresa en un día, con un trámite y a costo cero.

¿A quiénes beneficiará esta iniciativa?

Esto posibilitará que un potencial de 370.000 emprendedores informales puedan inscribirse en este nuevo sistema permitiéndoles tener acceso a los programas de fomento del Estado y al sector financiero. Además, hoy existen 670.000 empresas constituidas como persona natural, que podrán constituirse como sociedad de responsabilidad limitada o sociedad por acción rápidamente. Por lo tanto, los beneficiados son alrededor de 1 millón de emprendedores.

¿Cuáles son los beneficios para la ciudadanía?

  • Contar con un sistema simplificado para la constitución, modificación, transformación, fusión, división, terminación y disolución de personas jurídicas.
  • Creación de empresas tardará menos de 1 día.
  • Conjuntamente con la creación de la empresa el Servicio de Impuestos Internos otorga Rut y será posible iniciar actividades.
  • Registro de la empresa será gratuito.
  • Tener acceso público y gratuito a la información del estado de empresas y sociedades a través del portal del Registro.

¿Qué personas jurídicas podrán acoger a este sistema?

  • 2 de mayo 2013: Sociedades de Responsabilidad Limitada
  • 1 de octubre 2013: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
  • 2 de junio 2014: Sociedades por Acciones
  • 1 de junio 2015: Sociedades Colectivas Comerciales, en Comandita Simple y en Comandita por Acciones
  • 1 de junio 2016: Sociedades Anónimas Cerradas y de Garantía Reciprocas

¿Cómo se podrá acceder al Registro de Empresas y Sociedades?

En el portal electrónico del Registro se encontrará un “Formulario” que debe ser completado en línea por el(los) constituyente(s), lo cual permitirá:

  • Constituir la sociedad.
  • Obtener Rut de la sociedad, el cuál será simultáneamente otorgado por el SII al momento de completar el formulario.
  • Será posible iniciar actividades en forma inmediata.
  • Formalizar además de la constitución de la sociedad, todas sus modificaciones, fusiones, división, transformación, terminación o disolución.

¿Cómo se suscribe el formulario?

A través de la firma electrónica avanzada del (los) constituyente(s), en el “Registro de Empresas y Sociedades”

  • Si no posee firma electrónica avanzada: El (los) constituyente(s) tendrán que firmar los formularios ante un notario, el que estampará su propia firma electrónica en dicho formulario.
  • Si utiliza un representante legal o apoderado: Este necesitará un  poder que conste por escritura pública y  los formularios deberán indicar la fecha, el nombre y el domicilio del notario ante quien se firme el documento.

Plazo: Todos los constituyentes (en caso de existir socios o accionistas), deberán suscribir los formularios dentro de un plazo máximo de 60 días desde que firmó el primero de ellos.

Importante: Los notarios sólo podrán cobrar por la firma electrónica avanzada la tarifa que fijada por Decreto Supremo.