Creación de empresas en un día
El jueves 2 de mayo de 2013, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Economía, Fomento y Turismo (S), Tomas Flores, lanzaron la plataforma www.tuempresaenundia.cl, que permitirá iniciar una empresa en un día, con un trámite y a costo cero.
¿A quiénes beneficiará esta iniciativa?
Esto posibilitará que un potencial de 370.000 emprendedores informales puedan inscribirse en este nuevo sistema permitiéndoles tener acceso a los programas de fomento del Estado y al sector financiero. Además, hoy existen 670.000 empresas constituidas como persona natural, que podrán constituirse como sociedad de responsabilidad limitada o sociedad por acción rápidamente. Por lo tanto, los beneficiados son alrededor de 1 millón de emprendedores.
¿Cuáles son los beneficios para la ciudadanía?
- Contar con un sistema simplificado para la constitución, modificación, transformación, fusión, división, terminación y disolución de personas jurídicas.
- Creación de empresas tardará menos de 1 día.
- Conjuntamente con la creación de la empresa el Servicio de Impuestos Internos otorga Rut y será posible iniciar actividades.
- Registro de la empresa será gratuito.
- Tener acceso público y gratuito a la información del estado de empresas y sociedades a través del portal del Registro.
¿Qué personas jurídicas podrán acoger a este sistema?
- 2 de mayo 2013: Sociedades de Responsabilidad Limitada
- 1 de octubre 2013: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
- 2 de junio 2014: Sociedades por Acciones
- 1 de junio 2015: Sociedades Colectivas Comerciales, en Comandita Simple y en Comandita por Acciones
- 1 de junio 2016: Sociedades Anónimas Cerradas y de Garantía Reciprocas
¿Cómo se podrá acceder al Registro de Empresas y Sociedades?
En el portal electrónico del Registro se encontrará un “Formulario” que debe ser completado en línea por el(los) constituyente(s), lo cual permitirá:
- Constituir la sociedad.
- Obtener Rut de la sociedad, el cuál será simultáneamente otorgado por el SII al momento de completar el formulario.
- Será posible iniciar actividades en forma inmediata.
- Formalizar además de la constitución de la sociedad, todas sus modificaciones, fusiones, división, transformación, terminación o disolución.
¿Cómo se suscribe el formulario?
A través de la firma electrónica avanzada del (los) constituyente(s), en el “Registro de Empresas y Sociedades”
- Si no posee firma electrónica avanzada: El (los) constituyente(s) tendrán que firmar los formularios ante un notario, el que estampará su propia firma electrónica en dicho formulario.
- Si utiliza un representante legal o apoderado: Este necesitará un poder que conste por escritura pública y los formularios deberán indicar la fecha, el nombre y el domicilio del notario ante quien se firme el documento.
Plazo: Todos los constituyentes (en caso de existir socios o accionistas), deberán suscribir los formularios dentro de un plazo máximo de 60 días desde que firmó el primero de ellos.
Importante: Los notarios sólo podrán cobrar por la firma electrónica avanzada la tarifa que fijada por Decreto Supremo.



